La justicia argentina se encuentra en una etapa de definición respecto a la situación procesal de José Antonio Cácere, un ex oficial de la Policía Bonaerense que cumple la pena máxima por un hecho ocurrido en la jurisdicción de Berisso. El caso, identificado como la causa N.º 97.460, llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación debido a las marcadas discrepancias en las pruebas periciales y la existencia de resoluciones judiciales que presentan criterios contrapuestos sobre la responsabilidad de los involucrados.
El hecho que originó este proceso judicial tuvo lugar en el ámbito de la jurisdicción de Berisso, donde se produjo el fallecimiento de un hombre bajo custodia o intervención policial. Desde el inicio, la investigación penal preparatoria, impulsada por el fiscal Martín Chorazzi y acompañada por la abogada querellante Verónica Bogliano, sostuvo la hipótesis de una agresión letal por parte de Cácere. Sin embargo, el Tribunal Oral en lo Criminal N.º 1 dictó la sentencia condenatoria sin alcanzar la unanimidad de sus integrantes, contando con un voto en disidencia que planteó dudas sobre la autoría y la materialidad del ilícito.
El eje de la controversia radica en la colisión de los informes científicos presentados durante el debate. La autopsia oficial, efectuada por la Asesoría Pericial con el cuerpo presente, concluyó que el deceso se produjo por causas naturales y sin signos de violencia. Por el contrario, la condena se fundamentó en una pericia de parte posterior, realizada por el perito Omar Alejandro Ledesma, quien, sin haber tenido contacto directo con el cuerpo, sostuvo una hipótesis contraria. Esta sustitución de una prueba científica directa por una interpretación indirecta es uno de los puntos que la defensa señala como una quiebra al principio de certeza.
Otro aspecto relevante en la trama judicial es la situación de los otros implicados. El Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, a través de su Sala V, decidió absolver a los coimputados que enfrentaban los mismos cargos, pero mantuvo la pena de prisión perpetua únicamente para Cácere. Esta resolución ha sido calificada como una aplicación desigual de la prueba, dado que los mismos elementos de convicción que sirvieron para liberar a unos fueron utilizados para condenar al ex oficial.
Actualmente, el máximo tribunal del país estudia los expedientes CSJ N.º 001609/2022-00 y CSJ N.º 001980/2023-00. En este marco, instituciones de trayectoria en la defensa de los derechos y la transparencia judicial se han presentado bajo la figura de amicus curiae. Tanto la Asociación Civil de Derechos Humanos y violencia de Género de la provincia de Córdoba como la Asociación Inocente Colectivo de la provincia de Santa Fe, han aportado análisis técnicos para que la Corte evalúe si se respetaron los estándares mínimos de valoración de la prueba pericial en un caso de esta gravedad.

La familia del condenado mantiene un reclamo activo centrado en la revisión integral de las actuaciones. Su pedido no se orienta a una búsqueda de impunidad, sino a la exigencia de que el Poder Judicial examine las imágenes del legajo y los testimonios que, según alegan, carecieron de un análisis crítico suficiente. Con la intervención de la Corte Suprema, el caso de José Cácere se convierte en un referente sobre los límites del sistema penal y la necesidad de contar con pruebas irrefutables para sostener una condena de por vida.













Deja una respuesta