De Marinis declaró inconstitucional la baja de la edad de imputabilidad en un caso particular de CABA

En una resolución dictada este lunes, la titular del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3 de la Ciudad de Buenos Aires, Laura Beatriz De Marinis, declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 del nuevo Régimen Penal Juvenil para un expediente concreto y dictó el sobreseimiento de un adolescente de 14 años (identificado como M.I.A.) imputado por el delito de robo simple en grado de tentativa.

El hecho que dio origen a las actuaciones ocurrió el pasado 10 de septiembre a las 06:00 horas, cuando cinco jóvenes intentaron despojar de sus pertenencias a un transeúnte de 47 años en la vía pública, quien logró huir y dar aviso al personal policial. A raíz del planteo efectuado por el Ministerio Público de la Defensa, la magistrada analizó el principio de progresividad y la prohibición de no regresividad en materia de derechos humanos consagrados en el bloque de constitucionalidad (artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional) y en las observaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.

En su fundamentación técnica, la jueza sostuvo que la aplicación del nuevo plexo normativo respecto de personas menores de 16 años constituye una medida regresiva frente a los estándares de la derogada Ley 22.278. Asimismo, ponderó que el hecho investigado consistió en una tentativa no consumada que no provocó lesiones físicas a la víctima, por lo que estimó desproporcionado el ejercicio del poder punitivo estatal en lugar de activar la tutela de protección social.

A diferencia del amparo colectivo que en su momento suspendió los efectos de la norma en la provincia de Buenos Aires, este fallo posee efectos exclusivamente inter partes, por lo que no suspende la vigencia general de la ley en el ámbito porteño. No obstante, la resolución generó fuertes repercusiones en el arco político y ejecutivo de la Ciudad, al tiempo que fuentes tribunalicias anticiparon una casi segura apelación y revocación de la medida ante la Cámara del fuero.

En el mismo pronunciamiento, la magistrada dispuso el sobreseimiento del joven y ordenó la remisión de los antecedentes al Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la CABA a fin de implementar un abordaje interdisciplinario de contención familiar y garantización del derecho a la educación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *